Por las razones antes expuestas este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Juicio N° 4 del Circuito Judicial del Estado Trujillo, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le AMPLIA el lapso de presentaciones al ciudadano ADOLFO DAMIAN CARABALLO SUBERO, venezolano, natural de Río Seco estado Sucre, de 45 años de edad, soltero, obrero, residenciado en el barrio el Milagro, calle Valera, casa N° 27-03, cédula de identidad N° 5754447, por el lapso de SEIS MESES, contado a partir de la presente fecha, imponiéndosele como condición, presentarse cada 3 meses ante este Tribunal, de conformidad con lo establecido en el artículo 46 numeral 2 del Código Orgánico Procesal Penal.
Líbrese boleta de excarcelación
La Juez,
La Secretaria,
Elsa Trinidad Román Bravo Yralba Valecillos Briceño