Por las razones antes expresadas este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
1. CON LUGAR la demanda por DESALOJO intentada por la ciudadana CARMEN ELINA LÓPEZ DE BOSCÁN, casada, venezolana, mayor de edad, domiciliada en Ciudad Ojeda, estado Zulia, titular de la cédula de identidad N° 7.457.609, y SUCESIÓN JOSÉ FELIPE LÓPEZ, representada por los ciudadanos, ADA JOSEFINA LÓPEZ DE PASTRÁN, ARMANDO PASTOR LÓPEZ ROMERO, GLORIA RAMONA LÓPEZ DE RODRÍGUEZ Y ARA MARINA LÓPEZ DE HERRERA, mayores de edad, casados, titulares de las cédulas de identidad Números 7.340.401, 2.381.454, 4.066.454 y 7.323.935, respectivamente, y de este domicilio. contra MARÍA CONSUELO CASTILLO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 5.372.609, y de este domicilio.
2. SE ORDENA a la demandada la entrega libre de personas y bienes, el inmueble ubicado en la carrera 22 entre 11 y 12 de esta ciudad de Ba.....