Por las motivaciones precedentes, este Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta la siguiente sentencia:
PRIMERO: Se declara IMPROCEDENTE el presente Recurso de Hecho interpuesto por la abogada LUISA AMELIA NEIRA SILVA, apoderada judicial de la sociedad mercantil TIZZA´S LAS MERCEDES C.A., en contra del auto dictado del 27 de septiembre de 2010 dictado por el Juzgado Octavo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, mediante el cual negó la apelación formulada por la parte demandada en el juicio que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO sigue la ciudadana MARIA LUISA GÓMEZ en contra de la sociedad mercantil TIZZA´S LAS MERCEDES C.A.;
SEGUNDO: Se confirma el auto dictado el 27 de septiembre de 2010 por el A-quo;
TERCERO: No se produce condenatori.....