DISPOSITIVA
En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Primero en funciones de Control, Audiencias y Medidas Nro. 02, del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA: PRIMERO: Ratificar las medidas de seguridad y protección establecidas en el articulo 87 ordinales 5 y 6 de la Ley orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de violencia. SEGUNDO: ordena la valoración Bio-Psico-Social-Legal de conformidad con el artículo 121 y 122 de la Ley Especial. TERCERO: Se remite al presunto agresor y a la victima a que asistan ante IREMUJER a los fines de que reciban orientación en materia de género de conformidad con el artículo 87 ordinales 1 y 13 de la ley especial. CUARTO: Se insta al Ministerio Público a que presente inmediatamente el respectivo acto conclusivo. Regístrese y Publíquese.
LA JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL, AUD.....