En razón de los precedentes considerados, este Juzgado Vigésimo Noveno de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR la demanda que por cobro de prestaciones sociales y otros conceptos de índole laboral incoase el ciudadano : FRANCISCO EMILIO BLANCO GUTIERREZ, en contra de la demandada TRANSPORTE DE VALORES BANCARIOS TRANSBANCA, C.A.(antes TRANSPORTE BANCARAC C.A.), ordenando el pago de la suma de que resulte de la experticia complementaria del fallo que será realizada por un solo experto y ordenada según los parámetros establecidos en la parte motiva de la presente decisión, a favor del accionante. Así mismo se ordena el pago de la indexación monetaria y los intereses moratorios de la cantidad condenada según los parámetros establecidos ut supra.
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