DISPOSITIVA
Por los argumentos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Tribunal Noveno en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA:
PRIMERO: MEDIDA JUDICIAL DE PRIVACIÓN PREVENTIVA DE LIBERTAD, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 250 y 251 del Código Orgánico Procesal Penal al imputadoESCALONA MENDOZA RAFAEL PASTOR, titular de la Cédula de Identidad No. 15.228.760, a quien se le atribuyo la presunta comisión del delito de DISTRIBUCION ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el TERCER APARTE DEL ARTÌCULO 31 de la Ley Orgánica Contra el Trafico Ilícito y Consumo Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, ordenando su reclusión en el Centro Penitenciario de la Región Centro Occidental.-
SEGUNDO: MEDIDA CAUTELAR A LA PRIVACIÓN JU.....