Luego de revisar las causales de inadmisibilidad contenidas en el artículo 6 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales y no advertir ninguno de los supuestos allí descritos en la acción constitucional intentada procede, en consecuencia, a ADMITIR la presente Acción de Amparo Constitucional interpuesta por los ciudadanos DANIEL BUVAT DE LA ROSA y MARIAGABRIELALA OSORIO CONCEPCION