EN FUERZA DE LOS RAZONAMIENTOS ANTERIORMENTE EXPUESTOS, ESTA CORTE DE APELACIONES EN MATERIA DE DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECLARA:
Único: Con lugar la inhibición planteada por la ciudadana abogada María Gabriela Tinoco Veliz, Jueza regente del Tribunal Segundo de Primera Instancia en funciones de Control, Audiencia y Medidas del Circuito Judicial en materia de Delitos de Violencia contra la Mujer del estado Falcón, sede Santa Ana de Coro y Jueza encargada del Tribunal Primero de Primera Instancia en funciones de Control, Audiencia y Medidas del Circuito Judicial en materia de Delitos de Violencia contra la Mujer del estado Falcón, sede Santa Ana de Coro, para conocer de la causa signada con el alfanumérico IP41-S-2023-MANUAL-01, nomenclatura del tribunal a quo, seguida en contra del ciudadano Argenis Daniel Coello Bravo, titular de la cédula de identidad V-21.668.964 por.....