Éste Tribunal Primero de primera instancia de juicio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley y a tenor de lo establecido en el primer aparte de los artículos 76 y artículo 78 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela; de los artículos 4, 8, 30, 365, 367, 369 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes DECLARA CON LUGAR, la demanda de OFRECIMIENTO DE OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN formulada por el ciudadano OSWALDO JOSE ROSENDO LARA, antes identificado, en contra de la ciudadana MARIA YSABEL DIAZ PEREZ, identificada en autos, en beneficio de sus hijos (Identificación omitida de conformidad con el articulo 65 de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes Adolescente), en consecuencia. PRIMERO: Se establece como monto de la obligación de manutención la ca.....