En razón de la sentencia condenatoria antes referida, este tribunal pasa a hacer el cómputo de pena de la siguiente manera:
Primero: El penado Enderson José Salas Lozada, cumplirá su pena definitiva en fecha 16-11-2016.
Segundo: El mencionado ciudadano podrá solicitar los siguientes beneficios:
A). DESTACAMENTO DE TRABAJO, cuando cumpla una cuarta (1/4) parte de la pena, en fecha 19-5-2009.
B). ESTABLECIMIENTO ABIERTO, cuando cumpla un tercio (1/3) de la pena, en fecha 19-3-2010.
C). LIBERTAD CONDICIONAL, cuando cumpla los dos tercios (2/3) de la pena, en fecha 18-7-2013.
D). CONFINAMIENTO, cuando cumpla las tres cuartas (3/4) partes de la pena, en fecha 18-5-2014.
Tercero: Penas accesorias de acuerdo con lo establecido en los artículos 16 del Código Penal, se cumplirán en fecha 22-11-2018.
Cuarto: El penado seguirá cumpliendo la pena en el Internado Judicial de Trujillo.
Notifíquese la presente decisión. Impóngase al penado del presente auto de ejecución y cómputo y entrégue.....