En virtud de los razonamientos precedentemente expuestos, este Tribunal Superior Octavo de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
1. REVOCA su Sentencia Interlocutoria No. PJ0082013000025 del 13 de febrero de 2013, por la cual se decretó la ejecución voluntaria de la decisión de fecha 08 de febrero de 2012, que declaró: "TERMINADO EL PROCEDIMIENTO POR DECAIMIENTO DE LA ACCIÓN, correspondiente al Recurso Contencioso Tributario interpuesto por los Abogados Carlos Antonio Gomes Acevedo y Rosa Ysela González Evora, venezolanos, titulares de las Cedula de Identidad Nº V-6.314.713 y 10.376.395 respectivamente, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros 45.891 y 55.912, en su carácter de apoderados judiciales la sociedad mercantil AUTO SERVICIOS LA JOYA S.R.L, inscrita ante el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial d.....