Por todo lo antes expuesto este Tribunal de Primera Instancia Penal con Competencia en Violencia contra la Mujer en Funciones de Control, Audiencias y Medidas Nº 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, resuelve lo siguiente: PRIMERO: Se decreta con lugar la Flagrancia por el delito de VIOLENCIA FISICA AGRAVADA previsto y sancionado en el artículo 42 segundo aparte de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. SEGUNDO: Se declara la continuación del presente asunto por el PROCEDIMIENTO ESPECIAL previsto en el articulo 94 y siguientes de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una vida Libre de Violencia TERCERO: siendo esta una jurisdicción especializada que tiene la finalidad suprema de la protección de las Mujeres Victimas de Violencia este Tribunal dicta las Medidas de Seguridad y Protección que fueron impuesta por el órgano rec.....