en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, y con base en los artículos 444 y 450 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA CON LUGAR LA DEMANDA DE RECONOCIMIENTO DE INSTRUMENTO PRIVADO incoada por la ciudadana: MARIA DE LOS SANGELES DORANTES QUINTERO, en contra del ciudadano: MARITZA COROMOTO QUINTERO ROMERO, (ampliamente identificada en el fallo). En consecuencia, se declara reconocido el presente documento:
Yo, MARITZA COROMOTO QUINTERO ROMERO venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nro. V.- 7.424.112, por medio del presente Documento declaro: Doy en venta pura y simple, perfecta e irrevocable a la ciudadana: MARIA DE LOS SANGELES DORANTES QUINTERO, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nro. V.- 19.263.287, un inmueble de mi propiedad construido sobre terreno ejido constituido por una Casa ubicada en la Urbanización Rotary del Oeste, Avenida 3, cas.....