DISPOSITIVA
Por todo cuanto antecede, esta Corte Superior de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República por Autoridad de la Ley, ADMITE PARCIALMENTE en virtud de la admisibilidad de los motivos Primero y Segundo, así como de la Inadmisibilidad del tercer motivo, el recurso de apelación interpuesto por la Abogada AGUEDA DOMINGUEZ, Defensora Pública Séptima (07ª) de adolescentes, impugna la decisión dictada en fecha 31 de mayo de 2017, por el Juzgado Séptimo (07º) de Primera Instancia en funciones de Control de Responsabilidad Penal de Adolescentes de este Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, en la causa seguida al adolescente (identidad omitida), y su procedencia será resuelta dentro de los cinco (05) días hábiles siguientes, tal como lo establece el tercer aparte del artículo 442 del Código Orgánico Procesal Penal.
Regístrese, publíquese y notifíquese.
La Juez.....