Por todo lo antes expuesto, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Lara, en uso de las atribuciones legales, declara ADMISIBLE, de conformidad con el artículos 442 del Código Orgánico Procesal Penal, el recurso de apelación interpuesto por la Abogada LORELVIS COROMOTO BALBAS VALBUENA, en su condición de Defensora Publica Segunda Penal Ordinario con competencia en violencia contra la mujer, actuando en tal carácter del ciudadano JUAN VICENTE GOMEZ, contra la decisión proferida por el Tribunal Segundo de Violencia Contra la Mujer en funciones de Control, Audiencias y Medidas de este Circuito Judicial Penal, en fecha 20 de Septiembre de 2013, y fundamentada en fecha 22 de Septiembre de 2013, mediante la cual impone la Privación Judicial Preventiva de Libertad al ciudadano JUAN VICENTE GOMEZ, la cual deberá cumplir en el centro de Reclusión el INTERNADO JUDICIAL DE SAN FELIPE, en el asunto principal Nº KP01-S-2013-005138. Regístrese y Publíquese.