Este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara CON LUGAR, la acción de DIVORCIO, incoada por la ciudadana KAREN CECILIA RODRIGUEZ BARRIOS, venezolana, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad Nº V-18.709.262, de este domicilio, contra el ciudadano JOSE MANUEL CASANOVA MANULI, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-12.392.493 y de este domicilio, En consecuencia se declara disuelto el vínculo conyugal, contraído por ante la Parroquia el Paraíso del Municipio Libertador del Distrito Federal, tal como se evidencia en el Acta de Matrimonio, inscrita en los libros de Registro Civil de Matrimonios, Acta Nº.0134, de fecha 19/09/2002; Ofíciese al Registro respectivo a fin de que estampe la correspondiente nota registral.
No hay condenatoria en costas dada la naturaleza declara.....