PRIMERO: ADMITE salvo su apreciación en la definitiva, todas y cada una de las pruebas promovidas por la ciudadana abogada IVANORA ZAVALA RODRÍGUEZ, en su carácter de co-apoderada judicial del INSTITUTO NACIONAL DE TIERRAS (INTI).
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas, dada la naturaleza del presente fallo. Y así se decide.