Por todos los razonamientos de hecho y de Derecho expuestos, la Juez Temporal Tercera de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confieren la Ley y el Derecho, DECIDE:
PRIMERO: Se declara sin lugar la responsabilidad solidaria alegada por la actora entre las sociedades INELPECA, C.A, y ALPECA, C.A, y ELEOCCIDENTE (CADAFE), por lo que se condenó en forma solidaria únicamente a las sociedades INELPECA, C.A, y ALPECA, C.A.
SEGUNDO: Parcialmente con lugar la demanda y se ordena a la demandada a pagar al actor la responsabilidad objetiva conforme la Ley Orgánica del Trabajo, las indemnizaciones previstas en el Artículo 130 de la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente del Trabajo, el daño moral, material y las diferencias salariales demandadas en las cantidades expresadas en la motiva de esta decisión que se dan aquí por repro.....