III
D I S P O S I T I V A
En fuerza de las consideraciones de hecho y de derecho que se han dejado expuestas, este Juzgado Superior Civil, Mercantil, de Tránsito y de Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la apelación ejercida por la parte actora contra la sentencia del A quo, de fecha 01 de Diciembre de 2004.
Se declara CON LUGAR la falta de cualidad de los demandantes para proponer la presente demanda.
Se declara CON LUGAR la falta de cualidad del codemandado NESTOR LUIS SANCHEZ DELGADO para sostener este pleito.
En consecuencia, se declara EXTINGUIDO el presente proceso.
Se CONFIRMA el fallo apelado.
Se CONDENA en las costas del recurso a la parte demandante apelante perdidosa, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 281 del Código de Procedimiento Civil.
Publíquese, regístrese y notifíquese a las partes la presente sentencia.
Remítase al Tribunal.....