Este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: HOMOLOGADO la transacción celebrada entre el ciudadano RONI JOSÈ FLORES YÉPEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 15.776.939, en contra de INDUSTRIAS DE VITRINAS REFRIGERADAS LARENSES C.A. Así se decide.-