Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Octavo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, en la solicitud de Divorcio incoada por los ciudadanos Laura María Pérez de González y José Antonio Orlando González Iriarte, ya identificados, decide así:
PRIMERO: Declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio incoada por los ciudadanos Laura María Pérez de González y José Antonio Orlando González Iriarte, cónyuges, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números V-4.576.562 y V-4.854.035, respectivamente, y, en consecuencia, DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL que los une, el cual contrajeron el día Trece (13) de Agosto de 1.976 por ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia San Agustín, Municipio Libertador del Distrito Federal ahora (Capital), según acta Nº 136 expedi.....