DECISIÓN
En fuerzas de las consideraciones que anteceden, este Tribunal Superior Segundo en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA SIN LUGAR la RECUSACIÓN propuesta por el ciudadano DAVID JOSÉ VILLALOBOS, asistido por la abogado ZULEIMA PASTORA POMBO DE LA ROSA, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 113.892, en contra de la abogado MARLYN EMILIA RODRIGUES PÉREZ, en su condición de Juez Temporal del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Estado Lara, en base a las causales 12° y 18° del artículo 82 del Código de Procedimiento Civil, al no haberse demostrado los hechos invocados.
De conformidad con lo establecido en el artículo 98 del Código de Procedimiento Civil, se impone una multa de DOS BOLÍVARES (Bs. 2,00) que debe cancelar el recusante ante cualquier Institución Financiera Recaudadora de Fondos Nacional.....