PRIMERO: La culpabilidad del ciudadano WILMER ALBERTO RODRÍGUEZ PALMA, titular de la cedula de identidad N° (...), por la comisión del delito de (...), previsto y sancionado en el artículo 48 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en concordancia con el artículo 217 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en perjuicio de la ciudadana ADOLESCENTE (Identidad omitida de conformidad con el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.
SEGUNDO: de conformidad con lo establecido en la Ley Especial de Género respecto a la imposición de pena, la cual consagran para el delito de (...), previsto y sancionado en el artículo 48 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en concordancia con el artículo 217 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, una pena aplicable entre Uno y Tres años de Prisión, siendo la media de la pen.....