DISPOSITIVO
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Décimo de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara: PRIMERO: CON LUGAR la demanda incoada por la ciudadana VIRGILIO MENDOZA contra la entidad de trabajo LOGIC ELEVADORES, C.A. SEGUNDO: Se ordena a la parte demandada a cancelar los conceptos determinados en la parte motiva del fallo: TERCERO: Se condena en costa a la parte demandada, de conformidad con lo establecido en el artículo 59 de la LOPTRA.