En tal sentido, este Tribunal Noveno de Primera Instancia en Función de Control de este Circuito Judicial Penal, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en los apartes cuarto y quinto del artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal, acuerda la prórroga solicitada por la Fiscalía Novena del Ministerio Público, por QUINCE (15) días adicionales. Siendo que, el lapso de los treinta (30) días continuos para presentar el acto conclusivo, dispuesto en el artículo ya citado, culmina en fecha 23/03/2011; es por lo que el lapso de los quince (15) días adicionales que por medio de esta decisión se acuerda, deberán computarse a partir del 24/03/2011 hasta el 06/04/2011, fecha en la cual el Ministerio Público deberá presentar el acto conclusivo que corresponda. Se ordena notificar a la Fiscalía Novena del Ministerio Público y a la defensa de los imputados YOHANDER JESUS BARRIOS BARRIOS Y LUIS ALFREDO.....