En consecuencia, este Tribunal, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR la demanda de divorcio con fundamento sólo en lo que respecta a la causal segunda del artículo 185 del Código Civil y, DISUELTO el vínculo que contrajeran los ciudadanos YANETH HOLGUIN MEJIAS y DANIEL VICENTE MENDEZ SANCHEZ, antes identificados, por ante la Jefatura Civil de la Parroquia Catedral, Municipio Iribarren del Estado Lara, en fecha 02 de Junio del 2007. Ofíciese al referido Registro Civil de la Parroquia Catedral, Municipio Iribarren del Estado Lara y al Registro Principal correspondiente, una vez quede firme la presente sentencia.
Se condena en costas a la parte demandada por haber resultado totalmente vencido.
No se ordena la notificación por cuanto la sentencia es dictada dentro del lapso legal correspondiente.