Por todas las consideraciones expuestas, este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TRUJILLO, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR la demanda de nulidad incoada por la PROCURADURÍA GENERAL DEL ESTADO TRUJILLO EN REPRESENTACIÓN DEL ESTADO TRUJILLO, contra el acto administrativo de efectos particulares, constituido por la providencia administrativa No. 066-2014-0013, de fecha 06 de febrero de 2014, correspondiente al expediente Nº No. 066-2013-01-00241, dictado por la Inspectoría del Trabajo del estado Trujillo, con sede en Trujillo, que declaró sin lugar la calificación de falta, y en consecuencia autoriza el despido.