DISPOSITIVA:
Por todo lo antes expuesto este Tribunal de Justicia de Género, de Control, Audiencias y Medidas Nº 02, del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, resuelve lo siguiente: PRIMERO: en relación a la calificación de flagrancia este Juzgador ha verificado que el Ciudadano CARLOS ENRIQUE RODRIGUEZ PIÑERO, por la comisión del delito VIOLENCIA FISICA, tipificado en el artículo 42 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. SEGUNDO: Se acuerda continuar con el procedimiento especial conforme al artículo 79 y siguientes de la Ley Orgánica para el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia. TERCERO: Se decreta MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA al ciudadano CARLOS ENRIQUE RODRIGUEZ PIÑERO, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 256 numeral 3 del Código Orgánico Procesal Penal consistente en presentación cada quince (15) días, por .....