Se observa del acta anterior, que las partes involucradas junto con el juez, concluyeron que la experto contable utilizaría como base cálculo para las vacaciones, bono vacacional y utilidades, el salario establecido en el Artículo 146 de la Ley Orgánica del Trabajo, por lo cual se evidencia que fue una decisión consensuada y se resolvió fijar un salario diferente al ordenado, no constando en autos impugnaciones posteriores que contraríen dicha modificación.
Por todo lo expuesto, se declara sin lugar la denuncia realizada, porque constituyó un acto de composición voluntaria entre las partes sobre la ejecución de la sentencia, a tenor del Artículo 525 del Código de Procedimiento Civil. Así se establece.-
En consecuencia, se declara sin lugar el recurso ejercido por la parte demandante; se declara sin lugar el recurso de apelación ejercido por la demandada y se confirma la decisión del juzgado de primera instancia. Así se decide.-