Primero: Se ADMITE la acusación ratificada en audiencia preliminar por la Fiscalía Tercera del Ministerio Público del estado Lara, contra el ciudadano Melvin Alexander Méndez Silva, titular de la cédula de identidad N° V.- 7449481, por la presunta comisión del delito de Violencia Psicológica y Acoso u Hostigamiento, previstos y sancionados en los artículos 39 y 40 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, contra la ciudadana Gasmely Pastora Cedeño Áñez, titular de la cédula de identidad N° V.- 10842400. SEGUNDO: Se admiten parcialmente los medios de prueba presentados por el Ministerio Público, y se admiten las pruebas promovidas por la defensa técnica considerando que la misma hace suyas las pruebas ofrecidas por el Ministerio Público de acuerdo al principio de la comunidad de la prueba. Admitida parcialmente la acusación presentada por el Ministerio Público se le cede la palabra nuevamente al acusado imponiéndolo previamente del precepto consti.....