De las normativas precedentemente trascritas se infiere cuáles son los actos administrativos impugnables en sede jurisdiccional, los requisitos a seguir para la interposición del recurso contencioso tributario en la vía judicial, el lapso para su interposición y las causales de inadmisibilidad. Ahora bien, en el caso objeto de estudio se desprende que se trata de un acto administrativo de efecto particular recurrible en vía jurisdiccional, impugnado por ante la autoridad competente, dentro del lapso legalmente establecido, mediante escrito en el cual se funda, quedando demostrado la cualidad y el interés de la sociedad mercantil SEGUROS MERCANTIL, C.A., identificada suficientemente al principio de esta decisión, así como la persona que se presenta como apoderado de la misma, abogado Álvaro García Casafranca, titular de la cédula de identidad N° V-13.339.877, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 88.788, según consta en instrumento poder autenticado ante la Notaría Pública Tercera del .....