En base a las consideraciones efectuadas por este Tribunal, así como con fundamento en las reflexiones de carácter legal y doctrinal, que se explanarán a suficiencia en la oportunidad pertinente, haciendo un análisis sucinto, lacónico y concreto de las actas, este JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO AGRARIO DEL ESTADO TRUJILLO, MUNICIPIOS SUCRE DEL ESTADO PORTUGUESA Y MIRANDA DEL ESTADO MÉRIDA, CON SEDE EN LA CIUDAD CAPITAL DEL ESTADO TRUJILLO, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECIDE:
PRIMERO: Se declara sin lugar la apelación interpuesta por la Abogada asistente de la parte demandante NELLY LEÓN RAMÍREZ, en su carácter de Defensora Agraria del Estado Trujillo, en fecha 15 de abril de 2009, contra la decisión dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, Agrario y de Manutención de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, de fecha 30 de enero de 2009, mediante la cual declaró:.....