En consecuencia de lo expuesto este Tribunal, en aras de garantizar los derechos humanos del acusado y la prosecución íntegra del proceso, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, se abstiene de revisar la medida hasta tanto conste en actas informe médico legal que indique la condición de salud del acusado y las posibilidades de permanencia en el Internado Judicial sin complicaciones fisiológicas por la enfermedad que pudiera estar padeciendo, y cumplid esto el Tribunal hará el pronunciamiento correspondiente. Hágase trasladar al acusado hasta la medicatura forense del Estado Trujillo, ofíciese a la Medicatura Forense de la ciudad de Trujillo ordenando la evaluación completa del acusado con indicación de la condición de salud del acusado y las posibilidades de permanencia en el Internado Judicial sin complicaciones fisiológicas por la enfermedad que pudiera estar padeciendo y al Director del Hospital José Gregoprio Hernandez .....