Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Séptimo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, declara CON LUGAR LA SOLICITUD DE INCAUTACION PREVENTIVA DE LA AERONAVE YV1690, actualmente ubicada en un hangar del Aeropuerto Internacional de Barquisimeto Jacinto Lara, que se relacionan con la investigación signada por el número 13-F-11-09-043, formulada por el abogado JOSE RAMON FERNANDEZ MEDINA, en su carácter de Fiscal Décimo Primero del Ministerio Público del Estado Lara, quedando dicha Aeronave a la disposición de la OFICINA NACIONAL ANTIDROGAS (ONA), todo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada Remítase oficios dirigidos al Jefe de la Guarnición Militar con sede en esta ciudad., y al ciudadano Director de la Oficina Nacional Antidrogas, con sede en esta Ciudad, participándole lo acordado. NOTIFIQUESE A LAS PARTES. Remítanse las actua.....