Por las razones anteriormente expuestas, éste Tribunal Administrando Justicia, en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR la demanda intentada por la ciudadana MARIA AUXILIADORA FERRER CARRASCO contra la ciudadana YULI PASTORA DAZA, todos ya identificados, por DESALOJO DE INMUEBLE. En consecuencia se condena al demandado perdidoso antes identificado a hacer entrega del inmueble situado en la carrera 17 esquina calle 31 edificio CURARIGUA, apartamento N° 219-B; totalmente desocupado de bienes y personas.---------------------------------------------------------------------------------------------