Cumplidos como han sido los requisitos legales en el presente juicio, y por las razones que han sido expuestas, este Tribunal Superior Octavo de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara TERMINADO EL PROCEDIMIENTO POR DECAIMIENTO DE LA ACCIÓN, correspondiente al Recurso Contencioso Tributario interpuesto por la Ciudadana Edna Marina Valdivieso Arteaga, titular de la cédula de identidad Nº 5.549.815, e inscrita en el INPREABOGADO bajo el Nº 14.331, actuando en su carácter de apoderada judicial de la contribuyente "MARSH VENEZUELA, C.A.", inscrita en el Registro de Información Fiscal bajo el Nº J-00020796-8, contra las Providencias Administrativas Nos. MF-SENIAT-GRTICE-DR-01/317 y MF-SENIAT-GRTICE-DR-01/318, ambas de fecha dieciocho (18) de julio de 2001, emanadas de la Gerencia Regional de Tributos Internos de Contribuyentes Especiales de de la Región C.....