Este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara IMPROCENDE la OPOSICION A LAS PRUEBAS, incoada por la entidad Bancaria BANCO NACIONAL DE CREDITO C.A, BANCO UNIVERSAL, en el juicio de DAÑOS Y PERJUICIOS incoada por la antes nombrada entidad bancaria, contra la Sociedad Mercantil ALMACENADORA NUEVA SEGOVIA C.A, todas antes identificadas. En consecuencia prosígase con la admisión de las pruebas, salvo su valoración en la sentencia de merito.
Visto que las partes contendientes están a derecho, se obvia la notificación de las mismas. No hay condenatoria en costas por la naturaleza del fallo.
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