TERCERO: SE CONDENA EN COSTAS por resultar la parte co-demandada totalmente vencida en el presente proceso, de conformidad con lo previsto en el Artículo 59 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión. Dada, firmada y sellada en Sala de Despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en Barquisimeto, a los Dieciocho(18) días del mes de Diciembre de Dos Mil Catorce (2014). Años 203° de la Independencia y 154° de la Federación.
La Jueza,
Abg. MARBI SULAY CASTRO CUELLO
El Secretario,
Abg. Gabriel García
Seguidamente se cumplió con lo ordenado.
El Secretario,
Abg. Gabriel García