PRIMERO: CON LUGAR la inhibición planteada por la abogado MARIA ALEJANDRA GARCIA, Jueza del Tribunal Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en el asunto KP02-L-2016-000907, por evidenciarse los presupuestos del Artículo 31, Nº 5, de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
SEGUNDO: Se ordena, sea sometido a distribución el asunto KP02-L-2016-000907 y se remita de inmediato al Juzgado correspondiente; se ordena oficiar a la Jueza inhibida remitiéndole copia de esta decisión.