parte apelante no cumplió con los extremos establecidos en el artículo 295 del Código de Procedimiento Civil, a fin de determinar si se encontraban llenos los extremos de Ley para decretar o no la medida solicitada y, como consecuencia de ello, pronunciarse este Tribunal sobre la procedencia o no del recurso de apelación interpuesto en fecha 07 de noviembre del 2008, por la abogada MILAGROS GUAREPE, inscrito por ante el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 50.613, apoderada judicial de la parte actora contra la decisión dictada en fecha 27 de octubre de 2008, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en el juicio que por DESALOJO siguen los ciudadanos JOSÉ MIGUEL ALCALÁ ARANGUREN y ALBERTO ALCALÁ ARANGUREN contra el ciudadano HÉCTOR DE LA HOZ T.
Se condena en costas a la parte apelante, de conformidad con lo establecido en el artículo 281 del Código de Procedimient.....