CUARTO
Por los motivos anteriormente señalados y en virtud de las disposiciones legales precitadas, este Juzgado Segundo de los Municipios Valera, Motatán, San Rafael de Carvajal y Escuque de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara: HOMOLOGADO EL CONVENIMIENTO, manifestado por el ciudadano OMAR DARIO GONZÁLEZ DABOIN, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-13.050.039, domiciliado en la Urbanización La Beatriz detrás del Estadium, Casa signada bajo el Nº 007, específicamente de la Estación de Bomberos, Sector las 52 casas, Parroquia la Beatriz, Municipio Valera, Estado Trujillo, asistido debidamente en este acto por las Abogadas en Ejercicio AURA MARGARITA ARAUJO LOBO y CARMEN JASMIN CARDOZO PEÑA, venezolanas, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-5.501.758 y V-12.907.308, abogadas en ejercicio e inscrita en el l.P.S......