DECISIÓN
En fuerza de las consideraciones de hecho y de derecho que se han dejado expuestas, este Juzgado Superior Civil, Mercantil, de Tránsito y de Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la apelación ejercida por la parte demandada, contra la sentencia proferida por el A quo, en fecha 26 de abril de 2013.
Se declara CON LUGAR la demanda que por cumplimiento de contrato de compraventa verbal sobre un vehículo, cuyas características son: placa: A17BL0A, serial de carrocería: 8YTKF375598A46574, serial de chasis: 9A46574, serial de motor: 9A46574, marca: Ford, modelo: F-350 4x4 EFI/F-350, año modelo: 2009, color: azul, clase: camión, tipo: chasis; uso: carga; el cual fue adquirido por la ciudadana Yuly Beatriz Ardila, según consta de certificado de registro de vehículo número 27376836, 8YTKF375598A46574, de fecha 31 de Julio de 2009, emitido por .....