DISPOSITIVA
Es por las razones antes expuestas que este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Juicio Nro. 5, de este Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA NEGAR LA REVISIÓN DE LA MEDIDA CAUTELAR DE SUSTITUTIVA A LA PRIVATIVA DE LIBERTAD al ciudadano MANUEL GONZALEZ, identificados en autos, de conformidad con lo previsto en el Articulo. 264 del Código Orgánico Procesal Penal. Librese las correspondientes Boletas de Notificación. Cúmplase