Se dictó y publicó Sentencia Definitiva declarando la Confesion Ficta de la parte demandada conforme a lo establecido en el artículo 362 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con lo establecido en el artículo 887 ejusdem, en consecuencia Con Lugar la demanda.- Conforme al artículo 274 del Código de Procedimiento Civil se condenó en costas a la parte demandada.- Se ordenó la notificación de las partes, para que comience a transcurrir el lapso de impugnación de la sentencia.-