Por las razones antes expuesta, este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal, en Funciones de Control N° 7, del Circuito Judicial de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR, la desestimación solicitada por EL Ministerio Público, de la denuncia presentada por el ciudadano NELSON ALEXIS DELGADO, venezolano, de 25 años de edad, soltero, peluquero, cédula de identidad N° 15408909, residenciado en Calle Carrillo, Residencia Los Parilli, estado Trujillo, de conformidad con lo establecido en el artículo 301 del Código Orgánico Procesal Penal.
Notifíquese a la víctima y remítanse las actuaciones a la Fiscalía solicitante una vez transcurrido el lapso para interponer recurso, para que sean archivadas, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 301 del Código Orgánico Procesal Penal.
La Juez,
El Secretario
Elsa Trinidad Román Bravo
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