En mérito de las consideraciones anteriormente expuestas, éste Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y, por autoridad que le confiere la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la interviniente IRLENS JESULEY HERNÁNDEZ OROPEZA en contra la sentencia de fecha 22 de octubre de 2.014, dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de esta circunscripción judicial.
SEGUNDO: Se REVOCA la decisión recurrida.
TERCERO: SIN LUGAR, la demanda de nulidad incoada en contra de la Inspectoría del Trabajo "Pedro Pascual Abarca" del estado Lara, en consecuencia, se ratifica la validez de la Providencia Administrativa N° 01041, de fecha 26 de Agosto de 2013, dictada en el expediente administrativo signado con el Nº 078-2013-01-00532, que declaró con lugar la solicitud de reenganche y pago de salarios caídos inte.....