Por las razones antes expuestas, este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control N° 7 del Circuito Judicial Penal del Estado Trujillo, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA el SOBRESEIMIENTO de la causa iniciada por DENUNCIA interpuesta por la adolescente FRACCEDYS ELIZETH GARCIA FRANCO, venezolana, natural de Trujillo estado Trujillo, de 16 años de edad, soltera, estudiante, cédula de identidad N° 18925160, residenciada en Must-Abas La Guaira, casa N° 228, Trujillo estado Trujillo, contra el ciudadano GILBERTO JOSE BRIZUELA, venezolano, soltero, residenciado en el carro la Guaira, parte alta, casa N° 310, calle principal Trujillo estado Trujillo, cédula de identidad N° 13925205, el 8 de enero de 2006 por la comisión del delito de AMENAZAS, previsto en el artículo 175 del Código Penal, de conformidad con lo establecido en el artículo 318 numeral 3, en concordancia con el 48 numeral 8, del.....