Por todos los razonamientos expuestos, este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS RAFAEL RANGEL, BOLIVAR, SUCRE, MIRANDA LA CEIBA, ANDRES BELLO Y MONTE CARMELO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TRUJILLO, en nombre de LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, resuelve:
PRIMERO: Declara CON LUGAR la demanda por RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE VENTA A PLAZO, intentada por Abogada en ejercicio FANNY BRICEÑO SOTO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V- 9.313.231, domiciliada en el Estado Trujillo; obrando en su carácter de Apoderada Judicial del Instituto Nacional de la Vivienda (INAVI), en contra de la ciudadana NELVA DOLORES UZCATEGUI MORENO quien es venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V- 9.168.202, domiciliada en la Población de Betijoque Jurisdicción del Municipio Rafael Rangel del Estado Trujillo; sobre un inmueble para habitación familiar, ubicado en la Urbanización Cerro Colorado, Sector 02, signado con el N° 06, .....