Por las razones expuestas, este Tribunal de Control No. 1º Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela acuerda: Primero: Hacer la ENTREGA del vehículo antes identificado EN CALIDAD DE DEPÓSITO de conformidad con lo establecido en el artículo 311 del Código Orgánico Procesal Penal, al ciudadano MARIO SEGUNDO GRATEROL LANDAETA, (......), del vehiculo que presenta las siguientes características: CLASE RUSTICO, TIPO TECHO DURO, COLOR BEIGE, USO PARTICULAR, MARCA TOYOTA, MODELO LAND CRUISER, PLACAS JAJ-36D, serial de carrocería 8XA21UJ7019007042, AÑO 2001, SERIAL MOTOR 1FZ0478894, AÑO 2001, SERIAL DE MOTOR 1FZ0478894.- Segundo: Oficiar al Estacionamiento Judicial El Corralón, notificando que por decisión de esta misma fecha se acordó la entrega en calidad de deposito del vehículo CLASE RUSTICO, TIPO TECHO DURO, COLOR BEIGE, USO PARTICULAR, MARCA TOYOTA, MODELO LAND CRUISER, PLACAS JAJ-36D, serial de carrocería 8XA21UJ7019007042, AÑO 2001, SERIAL MOTOR 1FZ0478.....