DECISIÓN
En mérito de las anteriores consideraciones este Juzgado Superior Primero en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la apelación intentada por el Abogado ENMANUEL ORTIZ PERAZA, apoderado judicial de la parte demandada, contra la sentencia dictada en fecha 10 de mayo de 2011 por el Juzgado Segundo del Municipio Iribarren del Estado Lara, que declaró CON LUGAR la demanda por COBRO DE BOLIVARES INTIMATORIO, intentada por el ciudadano AGUSTIN NIÑO VILLEGAS en contra del ciudadano JORGE LUIS CHIRINOS. En consecuencia, condenó a la parte perdidosa a cancelarle a la parte actora las siguientes cantidades:
PRIMERO: La suma de CUARENTA MIL BOLIVARES FUERTES (Bs. 40.000,00) representado en la letra de cambio cuyo cobro se demanda.
SEGUNDO: La suma de TRES MIL SEISCIENTOS OCHO BOLIVARES (Bs. 3.608,00), por concepto de intereses dejados .....